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“De conformidad con la Ley Federal
de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos,
el Banco de México debe llevar un registro de servidores públicos.
En dicho registro, se inscribirán los datos curriculares de los
servidores públicos obligados a presentar declaración
de situación patrimonial, la información relativa a
su situación patrimonial, así como en su caso, los procedimientos
administrativos instaurados y las sanciones impuestas
a servidores públicos, sean declarantes o no.
Asimismo, con base en lo señalado
por el artículo 40 de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas
de los Servidores Públicos, el citado registro será público. Sin
embargo, la publicitación de la información relativa a la situación
patrimonial, se hará siempre y cuando se cuente con la autorización
previa y específica del servidor público de que se trate.
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